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    <title>La Voz del Pueblo</title>
    <subtitle>Informate con las noticias de Argentina y el mundo.</subtitle>
    <updated>2025-09-24T12:57:44+00:00</updated>
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            Se prorrogó cuatro años el Plan de Erradicación de la Brucelosis Bovina
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                <![CDATA[Juan Berretta]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/khZYMCTkzbUKGFiCloLzj3gzwGo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2023/03/vacunacion-aftosa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se venció el plazo original y el Senasa decidió extenderlo. “Es de vital importancia mantener” la vacunación que es obligatoria en todo el país a excepción de Tierra del Fuego indicó el organismo. La lucha contra esta zoonosis se inició en 1996
<p>&nbsp;</p>
<p>El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina prorrogó por cuatro años la vigencia del Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina, de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, con excepción de Tierra del Fuego.</p>
<p>La medida se publicó en el Boletín Oficial como Resolución 339/2023 “a fin de dar continuidad y previsibilidad a las acciones y procedimientos” dispuestos en el plan aprobado en enero de 2019.</p>
<p>Por entonces, el ex Ministerio de Agroindustria estableció que cualquier norma de esa cartera y de sus entes descentralizados que imponga obligaciones a los administrados “deberá establecer expresamente un plazo de vigencia, que no podrá exceder los cuatro años, pudiendo ser prorrogado por única vez”.</p>
<p>En los considerandos de la resolución, se detalló que en los cuatro años transcurridos “se ha logrado cumplir con los objetivos de la etapa transitada, lo que permitió conocer la situación sanitaria del 24% de los establecimientos con bovinos del país, lo cual representa el 56% de los bovinos totales presentes en estos”.</p>
<p>“A raíz de tal circunstancia, resulta de vital importancia mantener en vigencia el actual Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina”, destacó el Senasa.</p>
<p>La ley 24.696 declaró en octubre de 1996 de interés nacional “el control y la erradicación de la Brucelosis en las especies bovina, ovina, suina, caprina y otras especies en el Territorio Nacional”.</p>
<p>En el caso específico de la brucelosis bovina, se precisó que “es una enfermedad del ganado que tiene importantes consecuencias económicas y que se caracteriza por la existencia de abortos o falta de reproducción”.</p>
<p>“Al ser una enfermedad zoonótica, corresponde tomar recaudos sanitarios para evitar el riesgo de transmisión a la población humana, dado que disminuye la capacidad laboral del individuo y desmejora su calidad de vida”, agregó la resolución 67 del 28 de enero de 2019 que creó el plan.</p>
<p>La provincia de Tierra del Fuego fue excluida del alcance del plan debido a que fue declarada zona Libre de Brucelosis y Tuberculosis Bovina mediante la resolución 100 del 1° de marzo de 2011.</p>
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                <published>2023-04-27T09:01:04+00:00</published>
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            Segunda campaña de vacunación contra la aftosa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9XTeoV2pp-aoYBBkdTGodA8iSuM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2021/09/vacuna-aftosa-vaca.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La ventana de aplicación comenzó el lunes y finaliza el 10 de diciembre. No corresponde vacunar las categorías vaca y toros
<p>&nbsp;</p>
<p>La Sociedad Rural de Tres Arroyos informa a los productores ganaderos que este 11 de octubre comenzó el período 02/2021 de vacunación antiaftosa y finalizará el 10 de diciembre. De acuerdo a las reglamentaciones vigentes es requisito vacunar todos los bovinos (las categorías vacas y toros no corresponde vacunación) y registrar esta vacunación en la oficina local del SENASA para estar en condiciones de realizar movimientos de hacienda con cualquier destino o compra. Se recuerda realizar la vacunación de brucelosis a las terneras entre 3 y 8 meses de edad, y realizar la vacunación de carbunclo.</p>
<p>Se aconseja a los productores realizar la vacunación lo antes posible y en un solo acto, para evitar movimientos innecesarios de la hacienda.</p>
<p>También se les informa que a partir de la Circular Nº 18/2018 del SENASA, pueden adelantar la vacunación de las categorías vaquillonas destinadas a inseminación antes del inicio de la campaña por distintos manejos sanitarios, previamente autorizados por la entidad.</p>
<p>Comunicarse con la oficina de coordinación de la vacunación, en avenida Moreno 420 de Tres Arroyos o llamando a los teléfonos (02983) 422816 / 2983 458984 / 2983 469777 para realizar el trabajo en fecha. E-mail: entesanitario@ruraltresarroyos.com.ar.</p>
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