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    <title>La Voz del Pueblo</title>
    <subtitle>Informate con las noticias de Argentina y el mundo.</subtitle>
    <updated>2026-05-25T23:49:02+00:00</updated>
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            Condenan a un prefecto por cobrar una coima en un puesto de control
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bf3lJhtvhJPQiXrlyd1FVeV7WTE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/prefectura.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un numerario de la Prefectura Naval Argentina con sede en Quequén fue condenado a la pena de 1 año y 3 meses de prisión condicional, además del pago de una multa de 150.000 pesos a la víctima, tras haber sido hallado penalmente responsable de haber cobrado una coima a un motociclista al que le halló medio cigarrillo de marihuana entre sus prendas de vestir durante un procedimiento de rutina.</p><p>La pena dictada por la Justicia Federal de Necochea, que además unificó condena con otra sentencia posterior por “robo en grado de tentativa”, recayó sobre Sebastián Ezequiel Bialuos y fue asumida por el imputado bajo la modalidad de juicio abreviado, a raíz de un episodio ocurrido el 27 de octubre de 2019 frente a un puesto de control de Prefectura de la Delegación Quequén.</p><p>En aquella oportunidad, Bialouos fue denunciado por "haber exigido indebidamente -en ocasión de encontrarse cumpliendo funciones como numerario de la Prefectura Naval Argentina- la suma de 1300 pesos a un motociclista con el fin de no iniciar actuaciones policiales por encontrarse circulando en motovehículo sin seguro y poseer entre sus pertenencias medio cigarrillo combustionado de marihuana, quedándose con el dinero referido. El hecho referido se produjo el día 27/10/2019, a las 15:30 hs. en el puesto de control de la Prefectura Naval Argentina, Delegación Quequén, ubicado en avenida 2 y Escollera Sur del Puerto Quequén margen Necochea, en virtud del control vehicular que efectuaba el imputado junto con otro funcionario de la Prefectura Naval".</p><p>El hecho descripto fue calificado jurídicamente por el Fiscal en el delito de “concusión” (art. 266 del CP) en calidad de autor (art. 45 del Código Penal).</p><p>Luego de presentarse las formalidades de la modalidad jurídica, el Juzgado Federal de Necochea, a cargo del doctor Bernardo Bibel, resolvió condenar a Sebastián Ezequiel Bialous a la pena única de un (1) añoy tres meses de ejecución condicional, inhabilitación especial de un (1) año y costas del proceso, como autor del delito de exacciones ilegales (arts. 5, 20, 26, 29 inc. 2 y 3, 40, 41, 45, 55, 58 y 266 del CP. Y arts. 431 bis, 530 y 531 y cc del CPPN.) comprensiva de la impuesta precedentemente y la pena de seis meses de ejecución condicional, accesorias legales y costas, por el delito de “robo simple en grado de” en los términos de los arts. 164 y 42 del C.P) dictada por el Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de Bahia Blanca, en el marco de la causa nro. 2717/22 (C. 749-22; I.P.P. nro. 7129/22).</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bf3lJhtvhJPQiXrlyd1FVeV7WTE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/prefectura.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Denunciado por "haber exigido indebidamente 1300 pesos a un motociclista con el fin de no iniciar actuaciones policiales"]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-05-25T23:49:02+00:00</updated>
                <published>2026-05-25T23:46:44+00:00</published>
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            Confirmaron la condena de Juan Darthés a seis años de prisión por el abuso sexual contra Thelma Fardín
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rK-gzYfxhQZx1hB94ZODeTWCAko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/darthes.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;La Justicia de Brasil confirmó este martes la condena a seis años de prisión del actor Juan Darthes, en el caso de violación denunciado por su colega Thelma Fardin; no obstante, la medida implica un régimen semiabierto.</p><p>El actor pasará las noches en prisión y podrá salir durante el día, según informaron fuentes cercanas a la causa a la Agencia Noticias Argentinas, que es llevada adelante por el Tribunal Regional Federal de la 3.ª Región, que, a su vez, rechazó los planteos que presentó la defensa de Darthés y así avanzó con la disposición.</p><p>Asimismo, el fallo indica que los hechos por los que se denuncia al intérprete fueron probados y que no corresponde volver a discutirlos en esta instancia.</p><p>Fardín, por su parte, realizó un extenso descargo a través de redes sociales en donde sostuvo: “Ganamos otra vez”, al tiempo en que agradeció a sus abogados -Carla Junqueira y Martín Arias-, seres queridos, amigos y a quienes atestiguaron sobre el hecho, así como su par, Calu Rivero.</p><p>“A todas las personas que me escriben, me cuentan sus historias, se cruzan en la calle y se les pianta una lagrima. Nos curamos entre todas”, señaló y también se mostró agradecida a su “vieja” porque “soy hija de sus batallas” y a su actual pareja, Nicolás Riera “por enseñarme que el traje de guerrera puede descansar”.</p><p>El mismo tribunal ya había dictaminado la condena en junio de 2024, sin embargo, los representantes legales de Darthés alegaron diversos recursos que finalmente, no tuvieron lugar sobre la denuncia que fue iniciada en diciembre de 2018.</p><p>Fardin afirmó que fue abusada sexualmente en Nicaragua durante una gira de la tira juvenil Patito Feo en 2009, cuando era menor de edad. En ese momento, Darthés tenía 45 años y la víctima 16.</p><p>El actor de Dulce amor y Los ricos no piden permiso, entre otras novelas, afirmó siempre ser inocente, viajó a Brasil, de donde es oriundo, y el juicio continuó en ese país.</p><p>#AgenciaNA&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rK-gzYfxhQZx1hB94ZODeTWCAko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/05/darthes.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El actor recibirá un régimen semiabierto, es decir que pasará las noches en prisión y podrá salir durante el día.]]>
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                                <category term="nacional" label="Nacional" />
                <updated>2026-05-05T21:59:38+00:00</updated>
                <published>2026-05-05T21:35:20+00:00</published>
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        <title>
            Crimen de Kim Gómez: condenaron al joven a 23 años y cuatro meses de prisión
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://lavozdelpueblo.com.ar/crimen-de-kim-gomez-condenaron-al-joven-a-23-anos-y-cuatro-meses-de-prision" type="text/html" title="Crimen de Kim Gómez: condenaron al joven a 23 años y cuatro meses de prisión" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lO2WoE1kCLwKhxZ_pImbKBORJ7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/kim_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia de La Plata condenó este lunes a la pena de 23 años y cuatro meses de prisión al joven que asesinó a Kim Gómez durante un intento de robo, según supo la Agencia Noticias Argentinas.</p><p>Se trata del muchacho de 18 años -al momento del crimen tenía 17- que el 25 de febrero de 2025 atropelló y arrastró durante 15 cuadras a la víctima en el barrio Altos de San Lorenzo.</p><p>El Tribunal de Responsabilidad Juvenil N°1 del Departamento Judicial de La Plata, integrado por los jueces Marcelo Giorgis, Guillermo Mercenaro y Juan Carlos Estrada, lo declaró culpable por el delito de homicidio en ocasión de robo.</p><p>La fiscalía había solicitado esa cantidad de años, al tiempo que la defensa pidió siete años al considerar que el hecho se trató de un homicidio culposo.</p><p>Por su parte, el adolescente de 14 años es inimputable por su edad y se encuentra alojado en un instituto de máxima seguridad por el plazo de dos años.</p>El caso<p>El hecho ocurrió el 25 de febrero de 2025, cuando la víctima se encontraba junto a su madre en el barrio Altos de San Lorenzo, donde fueron asaltadas por ladrones para robarles el Fiat Palio rojo en la esquina de la avenida 72 y la calle 25.</p><p>Florencia Barraza, la madre de la menor, declaró en el juicio y recordó cuando los malhechores la obligaron a bajar del vehículo, la tiraron al piso y escaparon a toda velocidad.</p><p>Kim, que viajaba en el asiento de atrás con el cinturón de seguridad puesto, habría intentado descender, pero quedó enganchada, por lo que fue arrastrada durante 15 cuadras y los implicados la abandonaron en el lugar.__IP__</p><p>La huida terminó cuando los malvivientes chocaron contra un poste de luz, provocaron que el vehículo cayeran en una zanja, y corrieron hacia un descampado antes de que llegaran las autoridades.</p><p>#AgenciaNA&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lO2WoE1kCLwKhxZ_pImbKBORJ7E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2026/03/kim_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El asesino de 18 años (al momento del crimen tenía 17) atropelló y arrastró a la víctima]]>
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                                <category term="nacional" label="Nacional" />
                <updated>2026-03-16T20:17:56+00:00</updated>
                <published>2026-03-16T20:15:05+00:00</published>
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            Mendoza: condenan a seis personas a hasta 8 años de prisión por transportar 20 kilos de cocaína
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://lavozdelpueblo.com.ar/mendoza-condenan-a-seis-personas-a-hasta-8-anos-de-prision-por-transportar-20-kilos-de-cocaina" type="text/html" title="Mendoza: condenan a seis personas a hasta 8 años de prisión por transportar 20 kilos de cocaína" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jB0xMfu34uyKVzze6c5TlihnSxw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/10/condena_de_6_personas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Mendoza condenó a seis personas a penas de hasta ocho años de prisión por el transporte de 20,150 kilogramos de cocaína que provenían del norte del país y que fueron descubiertos en un operativo en la localidad de Las Heras.</p><p>Según el Ministerio Público Fiscal, el tribunal, integrado por los jueces Pablo Gabriel Salinas, Alejandro Waldo Piña y Héctor Fabián Cortés, determinó la responsabilidad de los acusados en el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo.</p><p>La auxiliar fiscal Analía Zanessi, del Área de Transición de la Unidad Fiscal Mendoza, llevó adelante la acusación en representación del Ministerio Público Fiscal, bajo la dirección del fiscal Federico Baquioni.</p><p>Los magistrados condenaron a Sergio Alejandro “Sonte” Ortíz Argones y Ramón Humberto “Ulla” Salvatierra a ocho años de prisión y multa de 90 unidades fijas.</p><p>Asimismo, impusieron penas a Sebastián Kummer y Armando Víctor “Flaco” Ríos, quienes recibieron 7 años y 6 meses y 7 años de prisión respectivamente.</p><p>En tanto, Carlos Osvaldo Peñalba Márquez recibió 5 años de prisión, y Ángela Vanesa Ortíz fue condenada a 3 años en suspenso como partícipe secundaria.</p><p>En el fallo del 8 de septiembre, el TOF N°2 también ordenó el decomiso de motocicletas, teléfonos celulares y más de 200 mil pesos secuestrados durante la investigación.</p><p>Los jueces fundamentaron la sentencia al señalar que cinco de los condenados actuaron de manera coordinada con división de roles, bajo el liderazgo de Ortíz Argones, mientras que Peñalba Márquez actuó como transportista consciente de la sustancia ilegal.</p><p>La investigación se inició en 2022 con escuchas telefónicas autorizadas por la Justicia, que permitieron desbaratar la organización.</p><p>El 18 de julio de 2023, personal policial interceptó un camión en Las Heras y descubrió la droga oculta en un tubo metálico de tres metros, soldado en ambos extremos y camuflado entre chatarra.</p><p>Con estas condenas, la Justicia federal mendocina ratificó su postura frente a las redes de narcotráfico que operan en la provincia y dispuso sanciones ejemplares contra los responsables. (NA)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jB0xMfu34uyKVzze6c5TlihnSxw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/10/condena_de_6_personas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se ordenó el decomiso de motocicletas, teléfonos celulares y más de 200 mil pesos secuestrados durante la investigación.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-02-25T15:50:07+00:00</updated>
                <published>2025-10-02T14:26:46+00:00</published>
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            Condena de dos años a  bombero por tocar los glúteos de una subordinada
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://lavozdelpueblo.com.ar/condena-de-dos-anos-a-bombero-por-tocar-los-gluteos-de-una-subordinada" type="text/html" title="Condena de dos años a  bombero por tocar los glúteos de una subordinada" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1OPwHtwkVMYWQMg6_OQQzh0u5w8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/dorrego.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral Criminal N.º 3 condenó a Juan Carlos Reyes a dos años de prisión en suspenso por haber abusado de una compañera de menor rango dentro del cuartel de bomberos de Coronel Dorrego. El fallo fue dictado por la justicia provincial y se lo consideró autor del delito de abuso sexual simple. Se comprobó que el bombero le tocó los glúteos a su subordinada.</p><p>La investigación, llevada adelante por la UFIJ N.º 14 a cargo del fiscal Marcelo Romero Jardín, estableció que el hecho ocurrió el 20 de diciembre de 2020, en la sede de Italia al 500.</p><p>Ese día, la víctima había sido citada por su superior y allí Reyes la tomó por la fuerza para someterla a tocamientos en contra de su voluntad.</p><p>La mujer realizó la denuncia en enero de 2021, luego de procesar lo ocurrido y por temor a represalias, ya que había atravesado previamente otras situaciones violentas con el imputado.</p><p>Además de la condena, el tribunal impuso un régimen de conducta por cuatro años: Reyes deberá someterse al Patronato de Liberados, fijar residencia sin poder ausentarse más de 24 horas sin aviso, y mantener prohibición de acercamiento y contacto con la víctima por cualquier vía.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1OPwHtwkVMYWQMg6_OQQzh0u5w8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/dorrego.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El TOC N.º 3 halló culpable a Juan Carlos Reyes por abuso sexual en un cuartel de Dorrego.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-02-25T15:50:07+00:00</updated>
                <published>2025-09-30T22:34:01+00:00</published>
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            Brasil condenó a Jair Bolsonaro a 27 años de prisión por el intento de golpe a Lula
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://lavozdelpueblo.com.ar/brasil-condeno-a-jair-bolsonaro-a-27-anos-de-prision-por-el-intento-de-golpe-a-lula" type="text/html" title="Brasil condenó a Jair Bolsonaro a 27 años de prisión por el intento de golpe a Lula" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qYKEzAZG2SttHSrNcul-eobvrjI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/el-expresidente-brasileno-jair-bolsonaro-foto-reuters-GBLZDUVYBRCNLEHITYCPE5VUUY.avif" class="type:primaryImage" /></figure><p class="left paragraph font__body-regular">El expresidente brasileño   Jair Bolsonaro   fue condenado este jueves por la Corte Suprema a   27 años y tres meses de cárcel   por haber conspirado contra el orden democrático tras su derrota en las elecciones de 2022 frente al actual mandatario, Luiz Inácio Lula da Silva.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">“En resumen, 27 años y tres meses de pena privativa de libertad”, dijo el juez   Alexandre de Moraes,   al anunciar la sentencia.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">Tras conocerse la condena, el secretario de Estado norteamericano,   Marco Rubio,   dijo que Estados Unidos “responderá” a la “injusta” condena del expresidente.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">El fallo se conoció después que la Corte Suprema formó mayoría para condenar a Jair Bolsonaro por organización criminal y golpismo.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">Bolsonaro se convirtió así en el tercer ex jefe de Estado de Brasil condenado por la Justicia.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">El expresidente, de 70 años, aún no irá a prisión y su defensa podrá presentar un recurso de apelación contra el fallo dictado por los jueces de la Primera Sala de la Corte Suprema, o para posponer su aplicación.</p>
<p class="left paragraph font__body-regular">En Brasil, las condenas mayores a ocho años de prisión requieren de cumplimiento a régimen cerrado.   Sin embargo, por sus problemas de salud y edad avanzada, el exjefe de Estado, podrá solicitar cumplir la pena en prisión domiciliaria, algo que ya ha sido considerado por su defensa, según declaraciones públicas. (TN)</p>
<p> </p>


<p></p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qYKEzAZG2SttHSrNcul-eobvrjI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/09/el-expresidente-brasileno-jair-bolsonaro-foto-reuters-GBLZDUVYBRCNLEHITYCPE5VUUY.avif" class="type:primaryImage" /></figure>El expresidente brasileño   Jair Bolsonaro   fue condenado este jueves por la Corte Suprema a   27 años y tres meses de cárcel   por haber conspirado...]]>
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                <updated>2025-09-11T22:40:14+00:00</updated>
                <published>2025-09-11T21:52:26+00:00</published>
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            Cristina Kirchner confirmó que se presentará el miércoles en Comodoro Py
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dFvo9_F_QIIQh-DgM9d4sc_bkk8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/720-1-3.webp" class="type:primaryImage" /></figure>


<p>La ex vicepresidenta Cristina Kirchner confirmó este viernes que se presentará el próximo miércoles en Comodoro Py, a la vez que trató de “títeres” a los tres jueces que integran la Corte Suprema y que la detención domiciliaria “no es un privilegio”.</p>
<p>“El próximo miércoles 18 de junio me presentaré en Comodoro Py para estar a derecho”, expresó a través de un mensaje en su cuenta oficial de la red social X donde comenzó poniendo: “El martes, cuando el Triunvirato títere que funge como ficción de Corte Suprema de Justicia cumplió la orden de proscripción del poder económico contra mi persona, poniéndole un cepo al voto popular, mis abogados presentaron ante el Tribunal Oral Nro. 2 solicitud de detención domiciliaria en mi casa, en el barrio de Monserrat”.</p>
<p>“No se trata de un privilegio. Por el contrario, obedece a estrictas razones de seguridad personal. Por un lado, existen motivos institucionales. Fui presidenta durante dos períodos consecutivos y, de acuerdo a la normativa vigente, debo contar con custodia de por vida: es obligatoria y no puedo sustraerme voluntariamente de ella. Dicha custodia obedece a los riesgos a los que se ven expuestos quienes han desempeñado la primera magistratura”, añadió.</p>
<p>En tanto, continuó: &#8220;A estas razones de carácter institucional se le suma una verdaderamente más grave y definitoria para la resolución del Tribunal: el 1° de septiembre del 2022, cuando desempeñaba la Vicepresidencia de la Nación, fui objeto de un intento de magnicidio durante la sustanciación de la etapa final del engendro político-electoral conocido como &#8216;Vialidad&#8217;, que culminó este martes con &#8216;el fallo que sí salió'&#8221;.</p>
<p>&#8220;El gravísimo intento de asesinato no alcanzó a consumarse. &#8216;La bala no salió&#8217; por un verdadero y auténtico milagro, que siempre agradeceré a Dios. Se conocen y están siendo juzgados los autores materiales del hecho, pero el Partido Judicial no ha querido avanzar respecto de los autores intelectuales y los apoyos económicos&#8221;, expresó la ex mandataria.</p>
<p>Finalmente, manifestó: &#8220;No somos la derecha mafiosa que elude las órdenes judiciales, se profuga durante 3 años y, cuando vuelve, consigue que el Partido Judicial lo proteja y, además, lo sobresea. Por eso, el próximo miércoles 18 de junio me presentaré en Comodoro Py para estar a derecho, como siempre lo he hecho&#8221;. (NA)</p>


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dFvo9_F_QIIQh-DgM9d4sc_bkk8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/720-1-3.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La ex vicepresidenta Cristina Kirchner confirmó este viernes que se presentará el próximo miércoles en Comodoro Py, a la vez que trató de “títeres” a...]]>
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                <updated>2025-06-13T11:51:02+00:00</updated>
                <published>2025-06-13T09:37:07+00:00</published>
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        <title>
            Santiago Hernández y la condena a Cristina: “Va a ser un poco más justo todo”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GrlIlCeHyIfR6kgZ0ZEDuj3BGOM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/Hernandez-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Para el presidente de la UCR local, la Justicia “actuó en forma independiente al Gobierno. Esperemos que así siga”





<p>El presidente de la UCR de Tres Arroyos, Santiago Hernández, fue consultado por este diario sobre la condena a Cristina Fernández de Kirchner.</p>
<p>“La Justicia dio todos los pasos, los procedimientos estuvieron correctos, así que no tenemos nada para decir en contra. Simplemente vemos que ahora, con ese fallo, va a ser un poco más justo todo. Y esperemos que sirva de escarmiento para futuros problemas que haya con gente que -sobre todo los que gobiernan- crea que hay impunidad”, consideró.  </p>
<p>En su análisis, afirmó que “si hay delito, en este país en muchos aspectos sucede, y no hay sanción para los gobernantes a la vista de los ciudadanos comunes, es muy negativo”.</p>
<p>Además hizo referencia a la necesidad de evitar las agresiones verbales en la vida pública y en las redes sociales. “Se da en todos lados, después muchos creen que es la manera de comunicarse, discutir e intercambiar ideas. Más grave aún si ocurre con quienes son parte del Estado o se dedican a la política. Viene pasando, se toma como habitual y no debe ser así. Hay que bajar el grado de violencia”, señaló.</p>
<p>Al respecto, agregó que “si las autoridades o dirigentes, con otro nivel de responsabilidad, lo toman como normal. Los de abajo también lo tomaremos de la misma manera”.</p>
<p>Sobre el funcionamiento de la República, dijo que “todos sabemos que la Justicia tendría que ser independiente, en algunas circunstancias no lo ha sido. Tenemos fe en que en esta ocasión sí procedió de manera correcta. Actuó en forma independiente al Gobierno, esperemos que así siga. Tampoco el día de mañana debe aplicarse un indulto, que se cumpla el fallo”. Recordó que “en el gobierno de Menem se registró el indulto con los militares y el terrorismo. No debe reiterarse en el futuro una decisión similar, en el fallo correspondiente a la causa de Cristina”.</p>
<p>Finalmente, Santiago Hernández expresó: “Sigamos para adelante, tratando de tener dirigentes distintos. No debe ser la única funcionaria o funcionario que ha pasado por un Gobierno y cometió un ilícito, que todos lleven el mismo castigo”.</p>


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GrlIlCeHyIfR6kgZ0ZEDuj3BGOM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/Hernandez-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para el presidente de la UCR local, la Justicia “actuó en forma independiente al Gobierno. Esperemos que así siga”El presidente de la UCR de Tres Arro...]]>
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                <updated>2025-06-13T12:03:05+00:00</updated>
                <published>2025-06-13T08:47:56+00:00</published>
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            Santiago Hernández y la condena a Cristina: “Va a ser un poco más justo todo”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/S_PYy0RcwZ0B9_uBYy3jDjhJINw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/Hernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente de la UCR de Tres Arroyos, Santiago Hernández, fue consultado por este diario sobre la condena a Cristina Fernández de Kirchner.</p>
<p>“La Justicia dio todos los pasos, los procedimientos estuvieron correctos, así que no tenemos nada para decir en contra. Simplemente vemos que ahora, con ese fallo, va a ser un poco más justo todo. Y esperemos que sirva de escarmiento para futuros problemas que haya con gente que -sobre todo los que gobiernan- crea que hay impunidad”, consideró.</p>
<p>En su análisis, afirmó que “si hay delito, en este país en muchos aspectos sucede, y no hay sanción en caso de corresponder para los gobernantes, a la vista de los ciudadanos comunes, es muy negativo”.</p>
<p>Además hizo referencia a la necesidad de evitar las agresiones verbales en la vida pública y en las redes sociales. “Se da en todos lados, después muchos creen que es la manera de comunicarse, discutir e intercambiar ideas. Más grave aún si ocurre con quienes son parte del Estado o se dedican a la política. Viene pasando, se toma como habitual y no debe ser así. Hay que bajar el grado de violencia”, señaló.</p>
<p>Al respecto, agregó que “si las autoridades o dirigentes, con otro nivel de responsabilidad, lo toman como normal. Los de abajo también lo tomaremos de la misma manera”.</p>
<p>Sobre el funcionamiento de la República, dijo que “todos sabemos que la Justicia tendría que ser independiente, en algunas circunstancias no lo ha sido. Tenemos fe en que en esta ocasión sí procedió de manera correcta. Actuó en forma independiente al Estado, esperemos que así siga. Tampoco el día de mañana debe aplicarse un indulto, que se cumpla el fallo”. Recordó que “en el gobierno de Menem se registró el indulto con los militares y el terrorismo. No debe reiterarse en el futuro una decisión similar, en el fallo correspondiente a la causa de Cristina”.</p>
<p>Finalmente, Santiago Hernández expresó: “Sigamos para adelante, tratando de tener dirigentes distintos. No debe ser la única funcionaria o funcionario que ha pasado por un Gobierno y cometió un ilícito, que todos lleven el mismo castigo”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/S_PYy0RcwZ0B9_uBYy3jDjhJINw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/06/Hernandez.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente de la UCR de Tres Arroyos, Santiago Hernández, fue consultado por este diario sobre la condena a Cristina Fernández de Kirchner.“La Just...]]>
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                <updated>2025-06-12T17:36:50+00:00</updated>
                <published>2025-06-12T12:00:32+00:00</published>
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            Condenaron a los hermanos Kiczka: Germán recibió 14 años de prisión y Sebastián, 12
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<p>El ex diputado del partido Activar Germán Kiczka fue sentenciado a la pena de 14 años de prisión por los delitos de tenencia, facilitación y distribución de material de abuso sexual infantil, mientras que su hermano Sebastián recibió años 12 años de cárcel por tenencia y facilitación de videos de violación en perjuicio de menores de edad y el abuso sexual simple de una adolescente de 15 años.</p>
<p>Tras tres horas de deliberación, los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya (subrogante) declararon culpables a a los hermanos en uno de los casos que sacudió la historia judicial de Misiones.</p>
<p>Noticia en desarrollo…</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8Zvpn76dgeaed7VESsGOpZ1AEaw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/04/hdp.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los hermanos fueron hallados por tenencia de material de abuso sexual infantilEl ex diputado del partido Activar Germán Kiczka fue sentenciado a la pe...]]>
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                <updated>2025-04-16T23:03:47+00:00</updated>
                <published>2025-04-16T22:04:45+00:00</published>
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            Caso Pissani: Casación le bajó la pena a Braian Anta por no tener antecedentes
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oYPo5B9OCMb9Z9PE8oWRw4FKXO4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/ANTA-scaled.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires le bajó la pena dictada en primera instancia a Braian Anta por la muerte de Roberto Pissani.</p>
<p>La resolución fue firmada el pasado 4 de noviembre  por el presidente de la Sala 1 del órgano judicial, Daniel Alfredo Carral, y su vicepresidente, Ricardo Corral Maidana, pero a la sede del Tribunal Oral Criminal de Tres Arroyos llegó en las últimas horas.</p>
<p>Según el expediente al que tuvo acceso LA VOZ DEL PUEBLO, los jueces del Tribunal de Alzada, hicieron lugar de manera parcial al reclamo presentado por la Defensa, y resolvieron que Anta sea condenado a 4 años de prisión, seis meses menos que la sentencia dictada el pasado 30 de mayo de 2024 tras un juicio celebrado en nuestra ciudad.</p>
<p>Luego de sostener que “la finalidad última de la pena y de su sistema de ejecución, tiene anclaje en razones de resocialización e integración social”, los magistrados fundamentaron su decisión en la inexistencia de antecedentes penales por parte del imputado, quien en la actualidad se encuentra detenido cumpliendo una condena a una año y seis meses de prisión por otro hecho delictivo protagonizado pocos días después de recibir una sentencia condenatoria por el caso Pissani, cuando le arrojó una bomba molotov al auto de un vecino.</p>
<p>Anta fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión en el marco de un juicio donde se lo encontró culpable del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de vehículo motor calificado”, en perjuicio de Roberto Pissani, quien falleció a raíz de las heridas sufridas en el accidente ocurrido en la madrugada del 28 de octubre de 2021 en la intersección de las calles Colón y Pedro N. Carrera, donde el imputado atropelló con su camioneta a la víctima cuando ésta cruzaba en moto Colón desde Pedro N. Carrera.</p>
<p>Otro episodio</p>
<p>Por estas horas, Braian Anta se encuentra detenido cumpliendo una condena a un año y seis meses de prisión, a raíz de un hecho ocurrido 11 días después del fallo condenatorio por el caso Pissani.</p>
<p>El 11 de junio de 2024, Anta fue acusado de arrojar una bomba molotov al automóvil de un vecino, quien posteriormente realizó la denuncia, según fuentes vinculadas con la investigación. Tras el ataque y posterior denuncia, el personal de la Estación de Policía de Seguridad Comunal de Tres Arroyos, a las 14:30, y en inmediaciones de calle Colón 1400, cumplió con una orden de registro domiciliario y detención del sujeto de 27 años de edad.</p>
<p>El pasado 4 de noviembre, el juez Hugo de Rosa, lo condenó a un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento en el marco de un causa caratulada “incendio en grado de tentativa” y dispuso que continúe en prisión.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oYPo5B9OCMb9Z9PE8oWRw4FKXO4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2025/03/ANTA-scaled.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires le bajó la pena dictada en primera instancia a Braian Anta por la muerte de Roberto Pissani.La...]]>
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                <updated>2025-03-14T11:09:16+00:00</updated>
                <published>2025-03-14T00:32:12+00:00</published>
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            Condenaron a 20 años de prisión a Dominique Pelicot, el hombre que drogó a su mujer para que la violen decenas de hombres
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zUuplAjJqtZJ_1ffzgHFu_Qg8Ks=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/12/Gisele.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Tribunal Penal de Aviñón condenó al hombre que durante una década entregó a su ex esposa, Gisèle Mazan, para que la violaran al menos 50 hombres
<p>Dominique Pelicot, acusado de haber drogado a su ex mujer, Gisèle Pelicot, durante al menos diez años para que decenas de hombres la violaran en su propia vivienda, fue condenado este jueves a 20 años de prisión, la pena máxima, tras ser hallado culpable de todos los cargos en su contra.</p>
<p>El tribunal de Aviñón halló culpable a Pelicot de &#8220;violación agravada&#8221;, por lo que incluirá su nombre en el registro de delincuentes sexuales. Además, resolvió que al menos 20 de los otros 50 acusados por el mismo caso también son culpables de los delitos que se les imputan.</p>
<p>Los fiscales dieron cuenta de al menos 92 violaciones durante diez años, aunque para la víctima durante años toda sospecha se limitó a lagunas temporales en su memoria.</p>
<p>Los 51 acusados fueron declarados culpables de los cargos que se les imputaban, pero muchos de ellos fueron condenados a penas más cortas que las solicitadas por los fiscales.</p>
<p>Jacques C. fue condenado a 5 años de prisión en suspenso. Cyrille D., Lionel R. y Boris M. fueron condenados a 8 años de prisión, aunque el fiscal había pedido penas de 12 años. Redouan A. fue declarado culpable de violación con agravantes, pero como un experto le diagnosticó esquizofrenia, el presidente del tribunal le concedió una pena reducida.</p>


<p></p>
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                <updated>2024-12-19T11:20:01+00:00</updated>
                <published>2024-12-19T09:00:00+00:00</published>
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            Confirman condena para policía que violó a una testigo que debía custodiar
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/intSVcqIyJyOuJhPtwb53kqaAh8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/suprema-corte-696x464-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó una queja presentada por la defensa del exoficial ayudante Sebastián Ezequiel Alfonso, condenado a seis años y seis meses de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal en General Cerri.
<p>&nbsp;</p>
<p>Fue confirmada la condena a seis años y seis meses de prisión para un policía que violó a una testigo a la que debía custodiar, en la localidad bonaerense de General Cerri. La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó una queja presentada por la defensa del exoficial ayudante Sebastián Ezequiel Alfonso, condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>De acuerdo con La Nueva, la defensa planteó la queja luego de que la Sala II del Tribunal de Casación Penal rechazara, el 23 de agosto del año pasado, un recurso extraordinario a su favor. La Corte no admitió la queja porque, explicó, el artículo 486 del Código Procesal Penal establece que este tipo de presentaciones deben incluir copia simple del recurso denegado, de la decisión que se pretende recurrir, de las respectivas notificaciones y de cualquier otra pieza que quien lo pida considere útil. En este caso, la defensa acompañó copia del recurso extraordinario denegado por Casación, del juicio de admisibilidad negativo y demás piezas útiles, pero “omitió hacer lo propio con relación a la notificación del imputado, cuestión que impide analizar la tempestividad de la queja en trato”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Siempre según La Nueva, los jueces también tuvieron en cuenta que la defensa tiene diversos mecanismos para dar cumplimiento con la carga establecida en esa normativa procesal y que “tampoco individualizó la pieza en cuestión para su consulta telemática”. En consecuencia, declararon inadmisible la queja y dejaron virtualmente firme el fallo del tribunal bahiense. La resolución de la Corte fue firmada por los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres, Daniel Soria y Mario Eduardo Kogan (subrogante).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p class="wp-block-heading">La denuncia de una mujer</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Sebastián Ezequiel Alfonso fue detenido en noviembre de 2021. El delito que le imputaron tuvo por víctima a una mujer que declaró como testigo en la causa por la desaparición de Gabriel García Gurrea, de quien nada se sabe desde el 19 de mayo de 2020. Al poco tiempo de prestar declaración, la mujer radicó una denuncia por amenazas y daño, luego de encontrar roturas en su vivienda.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por ello, la fiscalía dispuso una custodia dinámica durante diez días. Alfonso, el policía a cargo de la medida, aparentemente continuó el trato con la testigo una vez finalizada la diligencia. De hecho, días después la joven le habría pedido si la podía auxiliar con un medicamento y en esas circunstancias el hombre se habría presentado en su casa y se habría cometido el abuso. La mujer aseguró que fue violada, mientras que la defensa de Alfonso afirmaba que se habría tratado de una relación consentida. Aquel hecho se produjo el 13 de noviembre de 2021, consigna La Nueva. (DIB) GML</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/intSVcqIyJyOuJhPtwb53kqaAh8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/suprema-corte-696x464-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó una queja presentada por la defensa del exoficial ayudante Sebastián Ezequiel Alfonso, condenado a sei...]]>
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                <updated>2024-11-25T01:12:46+00:00</updated>
                <published>2024-11-24T20:25:08+00:00</published>
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            Condenaron a 8 años de prisión a seis militares por la muerte del soldado Matías Chirino
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6XgUHxOB_oK9qakWACJa4y5hVBQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/Chirino.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El joven cordobés perdió la vida tras un “bautismo” en un regimiento de Paso de los Libres, provincia de Corrientes. Otros tres imputados en la causa fueron absueltos</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Seis de los nueve acusados por la muerte del joven subteniente Matías Chirino en un batallón del Ejército Argentino en Paso de los Libres, en junio de 2022, fueron condenados por El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes este jueves.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los capitanes Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna y Hugo Reclus Martínez Tárraga, el teniente Exequiel Emanuel Aguilar, el teniente primero Darío Emanuel Martínez y el subteniente Luis Facundo Acosta fueron sentenciados a 8 años de prisión por el delito de “abandono de persona en concurso con abuso de autoridad”, de acuerdo a lo publicado por Crónica.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por otro lado, Gerardo Sebastián Bautista, Franco Damián Grupico y Claudia Daniela Cayata fueron absueltos. El primero de ellos llegó a juicio en prisión acusado de ser coautor de homicidio. Los dos restantes nunca fueron presos y la fiscalía los había acusado de ser partícipes secundarios del hecho.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ninguno de los nueve imputados fue condenado por homicidio, la calificación que había solicitado el fiscal Carlos Schaefer, quien había reclamado 20 años de prisión efectiva para siete de los exmilitares.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Chirino murió el 19 de junio de 2022 en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3. Allí, en el contexto de una “bienvenida” al oficio militar, fue obligado a beber alcohol en exceso, realizar actividades físicas extenuantes y arrojarse en una pileta con agua helada y sucia cuando la temperatura apenas alcanzaba los 3°C.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6XgUHxOB_oK9qakWACJa4y5hVBQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/Chirino.png" class="type:primaryImage" /></figure>El joven cordobés perdió la vida tras un “bautismo” en un regimiento de Paso de los Libres, provincia de Corrientes. Otros tres imputados en la causa...]]>
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                <updated>2024-11-22T11:03:38+00:00</updated>
                <published>2024-11-22T08:51:21+00:00</published>
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            Muerte de Ferreyra: condenaron a 11 y 12 años a quienes provocaron el incendio en su casa
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7qetfdhJ8ENHQeULJ2g5sJrbZLg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/Add-a-little-bit-of-body-text-1-768x531-1.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Luego de que el pasado 11 de septiembre un jurado popular declarara culpables a Fernando José Galmes y a José Luis Martínez por el delito de incendio seguido de muerte, agravado por la participación de menores de edad que ocurrió en 2020 en esa localidad, el juez técnico Hugo de Rosa los condenó a la pena de 11 y 12 años de prisión respectivamente.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El juicio por jurados, que fue llevado a cabo por la fiscal Natalia Ramos -subrogando la UFIJ N.º 13– se concretó tras haber sido agendado por quinta vez ante la ausencia de jurados populares.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Según la causa, el día 28 de agosto de 2020 Galmes y Martínez junto a otras dos personas, menores de edad, originaron el incendio de la vivienda ubicada en Mazzini 1280 causando la muerte del propietario Vicente Edmundo Ferreyra.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>De acuerdo a lo que se pudo determinar durante la investigación, los acusados mantenían un conflicto con un joven y su padre que ocupaban como inquilinos un sector de esa vivienda por lo que habrían utilizado trapos, telas y un líquido acelerante para causar el incendio.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7qetfdhJ8ENHQeULJ2g5sJrbZLg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/Add-a-little-bit-of-body-text-1-768x531-1.png" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de que el pasado 11 de septiembre un jurado popular declarara culpables a Fernando José Galmes y a José Luis Martínez por el delito de incendio...]]>
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                <updated>2024-11-14T17:34:43+00:00</updated>
                <published>2024-11-14T11:27:42+00:00</published>
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            Confirmaron la condena a Cristina Kirchner a seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jn3PsSCBvLiutUAtL0cqZWC5Iuc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/11/Cristina-1.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el fallo del Tribunal Oral en el caso Vialidad, que en diciembre de 2022 había condenado a la ex mandataria. Por mayoría, Casación descartó sumarle el delito de asociación ilícita</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La Cámara Federal de Casación Penal confirmó hoy la condena de la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en el caso de la obra pública concedida al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En un fallo de más de 1600 páginas, la Sala IV de Casación también confirmó las condenas de Báez (6 años de prisión), del ex secretario de Obras Públicas José López (6 años), del ex titular de Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti (6 años), de Juan Carlos Villafañe (5 años), de Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), de José Raúl Santibañez (4 años), de Mauricio Collareda (4 años) y de Raúl Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>También confirmó las absoluciones del del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, del ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Casación dio a conocer el fallo en una audiencia pública que se hizo en los tribunales de Comodoro Py en la que se leyó la decisión. La condena de Cristina Kirchner fue confirmada por los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña mientras que Gustavo Hornos votó por sumarle a la ex mandataria el delito de asociación ilícita como había pedido la Fiscalía.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El fallo no tendrá efectos concretos porque puede ser apelado por todas las partes para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para eso tienen 10 días hábiles. Será el máximo tribunal quien resuelva el expediente y si ratifica la decisión de hoy de Casación el fallo quedará firme y en condiciones de ejecutarse. Pero la Corte no tiene plazos para resolver.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal homologó además el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
Los detalles de la sentencia
<p>Los hechos juzgados remiten a la tramitación de cincuenta y un procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, en cuyo marco tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Se pudo comprobar que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción. Aquellos procesos fueron llevados a cabo, en su mayoría, por la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP), en virtud de facultades delegadas por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y, ocasionalmente, por este último organismo en forma directa. Los imputados Nelson Guillermo Periotti, Raúl Osvaldo Daruich, Mauricio Collareda, Juan Carlos Villafañe, Raúl Gilberto Pavesi y José Raúl Santibáñez, ex funcionarios de las agencias viales referidas, operaron convalidando irregularidades en el marco del desarrollo de las licitaciones y la ejecución de las obras.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>También se responsabilizó a José Francisco López, quien se desempeñó como Secretario de Obras Públicas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Asimismo, se demostró un conjunto de actos de gobierno del Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de concretar la ejecución de la maniobra, reafirmando el funcionamiento del circuito de irregularidades. En esa lógica, se destacó la suscripción por parte de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner del Decreto PEN 54/09 -con la previa intervención de José Francisco López, quien desde la Secretaría de Obras Públicas sugirió la medida-, decreto que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad -a cargo de Nelson Periotti- financiar directamente las obras viales que se le adjudicaban irregularmente a Lázaro Báez.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El perjuicio económico a la administración pública ocasionado por el delito se pudo determinar en aproximadamente 84.000 millones de pesos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
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                <updated>2024-11-13T18:56:31+00:00</updated>
                <published>2024-11-13T11:28:01+00:00</published>
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            Declaran culpable de “homicidio en exceso de legítima defensa al abuelo que mató a su nieto
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sPfGhBVPWFj2StR2w8_w-XAH0Ew=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/10/verna.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Un Jurado Popular halló culpable del delito de “homicidio en exceso de legítima defensa” a Domingo Verna, el jubilado acusado de matar a su nieto cuando intentaba ingresar de manera violenta en su domicilio de Bahía Blanca.
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El hecho ocurrió en junio de 2022 en una vivienda ubicada en la calle Arturo Jauretche 2785 esquina Pasaje Juan Carlos Cobián, de la localidad ubicada a 200 kilómetros al sur de nuestra ciudad, precisamente sobre el ingreso del garaje.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En momentos en los que Brian Verna estaba intentando ingresar a la casa, en forma hostil, propinando golpes contra la puerta, su abuelo, Domingo Verna, portó un arma de fuego tipo revólver calibre 32 corto para defenderse; y excediéndose en dicha defensa, efectuó cinco disparos contra su nieto, los que le causaron diversas lesiones que le provocaron la muerte.</p>
<p>El hombre llegó a juicio acusado por la fiscalía del delito de “homicidio agravado por el vínculo y por el uso de arma de fuego en exceso de legítima defensa”, aunque finalmente hace instantes el Jurado lo declaró culpable del delito de “homicidio con exceso de legítima defensa”.</p>
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<p>&nbsp;</p>
<p>El juez técnico fue el doctor Hugo De Rosa, integrante del Tribunal en lo Criminal N° 1, y el debate se desarrolló en el quinto piso del Palacio de Tribunales -ubicado en Estomba 34 de Bahía Blanca-.</p>
<p>&nbsp;</p>
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                <updated>2024-10-25T08:33:10+00:00</updated>
                <published>2024-10-24T21:41:46+00:00</published>
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        <title>
            Condenan a un hombre a 10 años y 3 meses de prisión por abusar de su hija en Tres Arroyos
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XsejzEf3STD5M0VcOn3PUu-ZRPY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/justicia-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de una investigación realizada por la UFIJ N.º 6, a cargo de la fiscal Natalia Ramos, el juez Hugo de Rosa integrante del Tribunal en lo Criminal N.º 1 condenó -en juicio abreviado- a un hombre a la pena de 10 años y 3 meses de prisión de efectivo cumplimiento por abusar de su hija durante 5 años en Tres Arroyos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Según la causa, los hechos se produjeron entre los años 2019 y el 12 de septiembre de 2023, momentos en que la niña tenía entre 11 y 15 años de edad, cuando el imputado aprovechaba distintas situaciones para someterla sexualmente y accederla de manera carnal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los abusos ocurrieron en el interior de la vivienda donde convivían en esa localidad y en el gimnasio en el que daba clases de diversas disciplinas deportivas como taekwondo, kick boxing y defensa personal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La niña logró contarle a su mamá lo que estaba viviendo en manos de su padre en el año 2023 y la mujer radicó la denuncia en la Comisaría de la Mujer y la Familia tresarroyense para que se investigue lo sucedido.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El acusado fue condenado como autor penalmente responsable de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo y la convivencia preexistente.</p>
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                <updated>2024-09-26T18:50:46+00:00</updated>
                <published>2024-09-26T17:09:05+00:00</published>
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        <title>
            Tragedia en Oriente: familiares de las víctimas hablan sobre la condena, “para nosotros es nada”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HJimLnJR953Hfi_BGq-AYjJoBcM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/borioni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Noelia Carrizo, hermana de Iván, dijo entender los límites de las leyes, pero que en este caso, “es poco”. La explicación del fiscal Gabriel Lopazzo</p>
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<p> “La pena máxima era seis años, pero para nosotros es nada. Querés que la persona esté presa de por vida, pero bueno, era a lo que más se podía aspirar. No es que estamos contentos”. Así se refirió Noelia Carrizo, hermana de Iván Carrizo, a la pena recibida por Rafael Pozos tras haber sido hallado por la Justicia responsable de la Tragedia de Oriente.</p>
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<p>Noelia vino hasta Tres Arroyos para recibir el email en el Estudio Borioni, de sus abogados representantes del particular damnificado, oportunidad en la que, ante este diario, reconoció que el dolor les dificulta comprender la resolución, pero entiende su origen, “la ley está mal hecha porque son pocos años los que se dan para un homicidio culposo”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>No obstante, la vecina copetonense valora el acompañamiento que el pueblo tuvo con ella y las consecuencias de ese accionar, “lo bueno es que, por las marchas y por todo lo que se hizo, logramos que él (por Rafael Pozos) no saliera y espere el juicio en la casa. Las marchas eran para eso. También quisimos cambiar la carátula a (“Homicidio”) doloso, pero no había pruebas para eso, es muy difícil”, reconoció.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ahora, con la sentencia conocida, identifica una “etapa cerrada”,“yo calculo que, toda la gente, y sobre todo las familias, lograron cerrar una etapa, pero que sigue. Lo que pasó para cuatro víctimas es como nada, pero es lo que la Justicia dice” y fue más allá, “esto es salir borracho, matar a cualquiera y, de última, safás. Son pocos años”, ejemplificó.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Al mismo tiempo, antes de terminar, criticó la ausencia del juez en la lectura del fallo y también lamentó que no haber podido ver a Pozos escuchando la sentencia condenatoria,  “fueron tres lunes que tuvimos que ir a escuchar todo, por eso, ahora no se pudo, pero lo bueno sería que el fallo se pueda leer delante de él (por Pozos) y de la gente, pero no, fue una notificación on line. Nosotros fuimos a todas las audiencias, tuvimos que revivir todo de vuelta, para terminar viéndolo casi en un papel”, señaló en el cierre.</p>
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“Convencido”
<p>Por su parte, el fiscal Gabriel Lopazzo, destacó la coincidencia del juez con el pedido de pena realizado por él y los representantes del particular damnificado en los alegatos, al tiempo que también admitió comprender esa visión crítica del público con respecto a la cantidad de años de castigo recibidos por haber provocado cuatro muertes.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>“Es la máxima pena que prevé la figura penal que se le atribuyó a Pozos. La pena es la que prevé el Código y es la gradación que se incorporó con una reforma que incorporó estos agravantes ( y que, de alguna manera agravó las penas)”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En ese sentido, Lopazzo reconoció entender a los familiares de las víctimas cuando comentan que es una condena, “con sabor a poco”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>“Obviamente tiene sabor a poco en el sentido de cómo puede ser entendido si se lo mira en una proporción con la cantidad de víctimas fatales. Pero no hay otra posibilidad de una pena mayor. La Fiscalía estuvo convencida, elevó así los hechos, y lo sostuvimos junto con los particulares damnificados. Todos entendimos que la calificación penal es esta. Esto quiere decir que el hecho que cometió Pozos se circunscribe a esa figura penal”, concluyó.</p>
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La reforma Penal que le dio prisión al hecho protagonizado por Pozos
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<p>A comienzos de enero de 2017 se publicó en el Boletín Oficial argentino una nueva modificación al Código Penal de la Nación a través de la Ley 27.347, esta vez dirigida a modificar los tipos penales de homicidio culposo (art. 84) y lesiones culposas (art. 94), el artículo 193 bis relativo a las denominadas &#8220;picadas&#8221;; así como a incorporar los nuevos tipos penales de conducción imprudente ocasionadora de muerte y de lesiones a través de los artículos 84 bis y 94 bis del mismo cuerpo legal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Entre los fundamentos de los legisladores en el Proyecto de Ley, se hizo referencia a la conducción imprudente de vehículos automotores y su transformación en la causa de muerte más repetida de  los últimos veinte años. La propia Ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Elena Highton de Nolasco  afirmó que “Hay más muertes por accidentes de tránsito, hay muchas más muertes y heridos, que por otro tipo de inseguridad delictiva”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Resulta a todas luces evidente que tanto las campañas de concientización y prevención como las herramientas normativas y su utilización por parte de los operadores judiciales han sido inadecuadas e insuficientes.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Hasta fines del año 1999, el Código Penal reprochaba con una escala de seis (6) meses a tres (3) años de prisión el homicidio culposo previsto en el artículo 84 del Código Penal y, con una escala de un (1) mes a dos (2) años de prisión, las lesiones culposas del artículo 94.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El 29 de septiembre de ese año, el Honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley N° 25.189 que introdujo el texto actual de los artículos 84 y 94 del Código Penal. Se aumentó la pena para el homicidio culposo a cinco (5) años de prisión en su máximo y en el mínimo a dos (2) años cuando el delito fuere ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor o hubiere más de una (1) víctima. A su vez, con el mismo esquema, las lesiones culposas llevaron su máximo a tres (3) y elevaron su mínimo a seis (6) meses para los casos de lesiones graves o gravísimas en el supuesto del accidente de tránsito o con resultado de más de una (1) víctima.</p>
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<p>Esta modificación al Código Penal no estuvo exenta de polémica.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Poco tiempo antes, la sociedad argentina se había visto sacudida por un terrible accidente de tránsito que le costó la vida a una joven mujer y su pequeña hija. El 30 de agosto de 1999 Sebastián Cabello impactó su auto a gran velocidad contra el que viajaban las víctimas, provocándoles la muerte.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En ese momento, el debate giró en torno a si la conducta en la que había incurrido Cabello encuadraba en la culpa con representación o el dolo eventual.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si bien el Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 condenó a Cabello a doce (12) años de prisión, entendiendo que la conducta era propia del dolo eventual, la Cámara de Casación Penal redujo la pena a tres (3) años, el máximo previsto para el homicidio culposo, sentencia que luego fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Algo similar a lo que habría ocurrido con la Tragedia de Oriente, antes de la sanción del artículo 84 bis.</p>
<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/HJimLnJR953Hfi_BGq-AYjJoBcM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/borioni.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Noelia Carrizo, hermana de Iván, dijo entender los límites de las leyes, pero que en este caso, “es poco”. La explicación del fiscal Gabriel Lopazzo “...]]>
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                <updated>2024-09-26T18:09:22+00:00</updated>
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            “La Casa del Horror”: piden penas de 50 y 30 años de prisión para padre y padrino por abusar de dos niñas en Punta Alta
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e18GV1lp4vuCgtGULbwm3h_hebw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2024/09/Justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Después de que un jurado popular declarara culpables al padre de dos niñas abusadas en Punta Alta y al padrino de una de ellas, en un caso que se conoció como “La Casa del Horror”, el fiscal Marcelo Romero Jardín solicitó 50 y 30 años de prisión, respectivamente
<p>&nbsp;</p>
<p>Según informa el diario La Nueva, la abuela de las menores había sido declarada no culpable y se desistió de acusar al tío, porque durante el juicio no surgieron elementos que lo vincularan directamente con los delitos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El jurado encontró culpable al padre de las nenas de abusar de manera carnal de una de ellas entre 2012 y 2019, cuando tenía entre 9 y 16 años, en diversas y reiteradas oportunidades en un domicilio de Punta Alta y en otro que ocuparon en Ushuaia, Tierra del Fuego. Además, se lo acusó de abusar con acceso carnal a su otra hija, entre 2014 y 2019, cuando la pequeña tenía entre 9 y 14 años, en diversas oportunidades y también en el interior de dos viviendas, una rosaleña y la otra fueguina.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Al padrino de una de las niñas se lo encontró culpable de someter a las hermanas a diversas prácticas sexuales que se reiteraron durante el período comprendido entre 2011 y 2019, dentro de ambos domicilios, siempre de acuerdo con La Nueva.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El fallo de la jueza técnica, Claudia Fortunatti, integrante del Tribunal en lo Criminal N° 2, se conocerá el martes. (DIB) GML</p>
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                <updated>2024-09-25T20:57:43+00:00</updated>
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