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    <title>La Voz del Pueblo</title>
    <subtitle>Informate con las noticias de Argentina y el mundo.</subtitle>
    <updated>2026-06-29T13:06:32+00:00</updated>
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            Pulverizaciones: un fallo favorable a productores que puede sentar un precedente
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5Szysa9HaEA-A0to4P8_LMZ1Shg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2023/06/fumigador-aapresid.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una histórica sentencia conocida la semana pasada en una causa por aplicaciones de fitosanitarios en el periurbano de Pergamino promete convertirse en un punto de inflexión para los futuros procesos judiciales vinculados con este tema siempre polémico en lo que concierne a la relación de la actividad agropecuaria con la población urbana.</p><p>Después de varios años de investigación y un juicio oral que concentró la atención de productores, ambientalistas, juristas y organismos públicos, el Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario, conformado por los jueces Elena Beatriz Dilario, Román Pablo Lanzón y Eduardo Rodrígues Da Cruz, absolvió a los siete productores, trabajadores rurales e ingenieros agrónomos que estaban acusados de contaminación ambiental y afectación a la salud de vecinos de la ciudad del norte bonaerense, por supuestas pulverizaciones mal realizadas.</p><p>Los magistrados entendieron que, si bien existe presunta evidencia científica sobre los riesgos que implica la exposición a agroquímicos y reconocieron la existencia de daños en las personas denunciantes, durante el debate no pudo acreditarse el nexo causal necesario para atribuir responsabilidad penal individual a los imputados.</p><p>En paralelo, el tribunal condenó a dos ex funcionarios de la Dirección de Ambiente Rural del municipio de Pergamino por incumplimiento de los deberes de funcionario público, al considerar que omitieron realizar los controles correspondientes pese a las reiteradas denuncias de los vecinos.</p><p>Para el abogado defensor de uno de los productores absueltos, Aquilino Giacomelli, el fallo representa mucho más que la resolución de un expediente judicial. En diálogo con Infocampo, sostuvo que la sentencia deja un criterio jurídico que probablemente sea observado en causas similares de todo el país.</p><p>“Ni la fiscalía ni la querella pudieron demostrar acabadamente, con la cantidad de fuerza probatoria necesaria para lograr una condena, que las conductas desplegadas por los productores agropecuarios hayan sido los causantes de los problemas en la salud de la gente”, explicó.</p><p>Según el letrado, justamente esa ausencia de prueba sobre la relación directa entre las aplicaciones realizadas por los acusados y las enfermedades denunciadas fue el eje central sobre el cual se construyó la absolución.</p><p>“Los problemas de salud se pudieron certificar que existen, pero no se puede determinar fehacientemente una relación de causalidad entre esos problemas y las aplicaciones de estos productores específicamente”, agregó el abogado.</p><p>El límite de la justicia penal</p><p>Giacomelli remarcó que uno de los aspectos más importantes del fallo es que delimita el alcance de la Justicia penal frente a conflictos ambientales complejos.</p><p>“En la Justicia penal se juzgan hechos concretos, individuales y específicos, ocurridos en determinado tiempo y lugar, y la responsabilidad de una persona determinada. Tanto la acusación como la querella hablaban de hechos diversos, sin especificaciones algunas“, manifestó Giacomelli.</p><p>Para el defensor, el debate sobre cómo regular las aplicaciones de fitosanitarios, las distancias de resguardo o los estándares ambientales corresponde al ámbito legislativo y no puede resolverse mediante procesos penales.</p><p>“Parecía una guerra entre ambientalistas y productores, y lo que siempre dijimos los abogados defensores es que este no era el ámbito para discutir estas cuestiones. El ámbito es el Poder Legislativo. Nosotros hicimos un trabajo pura y exclusivamente técnico defendiendo a una persona que se la acusaba de haber cometido un delito que nunca cometió”, afirmó.</p><p>Los estándares científicos</p><p>Durante el juicio también ocupó un lugar central la discusión sobre los parámetros científicos utilizados para analizar las muestras ambientales. De acuerdo con Giacomelli, varios de los informes periciales presentados por la querella fueron elaborados utilizando estándares de la Comunidad Europea y no la normativa vigente en Argentina.</p><p>“Cuando les pregunté a los científicos si el agua analizada bajo los parámetros de la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires o del Senasa era potable, la respuesta fue que sí. El agua era potable”, señaló.</p><p>Desde la defensa interpretaron que ese punto fue determinante para demostrar que los productores actuaban dentro del marco regulatorio argentino.</p><p>En el caso particular de su defendido, el productor agropecuario Mario Reinero Roses, además destacó que una de las actas municipales que originó parte de la acusación terminó demostrando que el producto utilizado era cipermetrina comercializada como Hortal, un hormiguicida de venta libre que no requiere receta agronómica.</p><p>“Se demostró científicamente que lo que había aplicado era cipermetrina. Estaba determinado con pruebas fotográficas donde se constata que no había ningún vegetal quemado, como ocurriría con el glifosato“, explicó.</p><p>El veredicto</p><p>El veredicto benefició a los productores Fernando Cortese, Mario Reinero Roses, Víctor Hugo Tiribó, Carlos Sabatini, Hugo Sabatini, Cristian Taboada y José Luis Grattone, quienes enfrentaban acusaciones por presunta contaminación ambiental mediante aplicaciones de fitosanitarios realizadas entre 2011 y 2019.</p><p>Sin embargo, el Tribunal sí encontró responsabilidad en los entonces funcionarios municipales Guillermo Naranjo y Mario Tocalini, quienes recibieron condenas de dos años de prisión condicional e inhabilitación para ejercer cargos públicos por incumplimiento de los deberes de funcionario público.</p><p>Los magistrados entendieron que existieron numerosas advertencias y denuncias de vecinos que no fueron debidamente atendidas por el municipio, una omisión que incluso dificultó la obtención de pruebas durante la investigación.</p><p>A partir de esa condena -la única que quedó firme en el juicio-, el Tribunal también solicitó al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás que investigue el accionar del entonces intendente de Pergamino y de otros funcionarios que estuvieron al frente del municipio durante el período en que Naranjo y Tocalini se desempeñaron en la Dirección de Ambiente Rural.</p><p>Por otra parte, los jueces resolvieron mantener vigente la medida cautelar dictada en 2019 por el Juzgado Federal N° 2 de San Nicolás, al considerar que debe sostenerse “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”.</p><p>Esa resolución continúa prohibiendo las aplicaciones de fitosanitarios en el periurbano de Pergamino dentro de un radio de 1.095 metros para las pulverizaciones terrestres y de 3 kilómetros cuando se utilizan aplicaciones aéreas.</p><p>De este modo, si bien la sentencia absolvió a los productores por no haberse acreditado su responsabilidad penal individual, el tribunal dejó en claro que el debate ambiental continúa abierto y que tanto las restricciones cautelares como las investigaciones sobre las responsabilidades estatales seguirán su curso.</p><p>Al mismo tiempo, el fallo fija un criterio que podría convertirse en un antecedente relevante para futuras causas vinculadas al uso de fitosanitarios en la Argentina.</p><p>Infocampo</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5Szysa9HaEA-A0to4P8_LMZ1Shg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2023/06/fumigador-aapresid.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un Tribunal absolvió a siete productores agropecuarios e ingenieros acusados de contaminación ambiental y daños a la salud por aplicaciones de fitosanitarios en Pergamino. La sentencia abre un nuevo capítulo en la discusión sobre la responsabilidad penal que puede caber en actividades de este tipo]]>
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                                <updated>2026-06-29T13:06:32+00:00</updated>
                <published>2026-06-29T13:06:30+00:00</published>
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            Apicultura: recomendaciones para disminuir los problemas por las pulverizaciones
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                <![CDATA[Juan Berretta]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PJQJvQJWCZqMgi6mswPTabx447k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2023/02/zab9.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Sociedad Rural de Tres Arroyos publicó una serie de consejos para asesores, aplicadores y apicultores para evitar que la producción apícola se vea afectada por malos trabajos de control de plagas
<p>&nbsp;</p>
<p>Por un manejo inadecuado de las variables que forman parte del control integrado de plagas en los cultivos, muchas veces se ocasionan importantes daños -que pueden llegar a ser irreversibles- a las abejas y a otros insectos benéficos. Así es que la Sociedad Rural de Tres Arroyos publicó una serie de recomendaciones para disminuir los problemas por las pulverizaciones en la producción apícola.</p>
<p>En el partido de Tres Arroyos el cultivo de girasol ocupa una importante superficie sembrada. Muchos lotes se encuentran en floración o próximo a estarlo, en esta etapa es muy visitado por las abejas melíferas para la obtención de néctar y polen mientras que estas contribuyen mediante su actividad de polinización al aumento de la productividad del mismo.</p>
<p>Ante la eventual recomendación de los profesionales encargados del manejo del cultivo por la presencia de alguna plaga que lo afecte en esta etapa es que se plantean una serie de recomendaciones a efectos de disminuir y/o evitar posibles daños por intoxicación en las colmenas.</p>
<p>Como principio, la prevención de las intoxicaciones debe ocupar un lugar primordial.</p>
<p>Dirigido a profesionales asesores</p>
<p>&#8211; Recomendar la aplicación de productos teniendo como base el conocimiento de su toxicidad para las abejas, la duración del efecto residual y las medidas de protección.</p>
<p>&#8211; Recomendar el uso de productos banda verde.</p>
<p>&#8211; Contactar y avisar al productor apícola sobre la aplicación de un producto químico al cultivo.</p>
<p>Dirigido a aplicadores aéreos</p>
<p>&#8211; Instrumentar y cumplir  las medidas de aviso a los apicultores (Ley de Agroquímicos de la provincia de Buenos Aires). Para ello es fundamental el conocimiento de la ubicación de los apiarios  mediante la constatación previo a la aplicación del producto  en el mapa apícola donde se encuentran geo referenciados los mismos y los datos de los productores apícolas para su contacto.</p>
<p>&#8211; Realizar los tratamientos a primera hora del día o la última hora de la tarde, en lugares donde se detecte la existencia de colmenares y, en el caso de que no se pueda tomar ese recaudo, haga el corte de aplicación sobre el emplazamiento de cada colmenar.</p>
<p></p>
<p>Dirigido a los apicultores</p>
<p>&#8211; De acuerdo a la toxicidad para las abejas de los principios activos a utilizarse para el control de plagas en girasol, se sugiere  aplicar las medidas que correspondan, ya sea el aislamiento de las abejas (evitar su salida) (poco favorable en ciertas condiciones cuando es prolongado) o el retiro de las colmenas manteniéndolas alejadas del lugar donde se llevará a cabo el tratamiento (por lo menos 3.000 metros) por un lapso de tiempo establecido de acuerdo al período de carencia del producto empleado (poder residual). Este es el método más seguro desde el punto de vista técnico.</p>
<p>&#8211; Estar informados de los posibles tratamientos de productos químicos que por tal razón podrían llegar a aplicarse en otras zonas por lo que la comunicación con el dueño o responsable del campo debe ser fluida a fin de tener información al respecto y actuar en consecuencia.</p>
<p>&#8211; Identificar el colmenar con nombre, apellido, dirección y teléfono, de manera tal de poder ser ubicado en forma inmediata ante la necesidad de realizar una pulverización.</p>
<p>&#8211; Agruparse en entidades apícolas representativas y promover con ellas la elaboración del mapa apícola con la ubicación de todas las colmenas de los apicultores de la zona.</p>
<p>&#8211; Mantener el material de las colmenas en perfectas condiciones para evitar pérdidas de abejas en el caso de tener que realizar traslados urgentes.</p>
<p>&#8211; A fin de reducir el riesgo de que las abejas acopien agua contaminada, es conveniente proporcionar a las colonias agua limpia colocada en recipientes próximos a las colmenas.</p>
<p>Lograr un buen entendimiento entre todos los productores: agrícolas, apícolas y aplicadores, de él todos obtendrán beneficios.</p>
<p>Irremplazables</p>
<p>La importancia de las abejas en la producción agrícola es conocida, dado que cumplen un papel irremplazable en la polinización de numerosos cultivos, ya sea para la obtención de frutos o de semillas. La reproducción y evolución de más del 80% de las especies vegetales en el mundo dependen de la polinización por insectos, donde la familia de las abejas hace el principal aporte.</p>
<p></p>
<p>&#8211; La FAO establece que 100 cultivos proporcionan a nivel mundial el 90% de alimentos y el 71% son polinizadas por abejas.</p>
<p>&#8211; 39 de los 57 cultivos más importantes aumentan su rendimiento y calidad de frutos y semillas por  acción  de  la  polinización.</p>
<p>&#8211; Plantas y abejas se necesitan mutuamente. Las flores son para las abejas fuente de alimento, de vida. Las abejas son para las flores fuente de reproducción.</p>
]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PJQJvQJWCZqMgi6mswPTabx447k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lavozdelpueblocdn.eleco.com.ar/media/2023/02/zab9.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Sociedad Rural de Tres Arroyos publicó una serie de consejos para asesores, aplicadores y apicultores para evitar que la producción apícola se vea...]]>
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                                <updated>2025-09-24T12:57:30+00:00</updated>
                <published>2023-02-03T12:05:29+00:00</published>
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